INCENTIVOS FISCALES APLICABLES EN ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS
Son muchas las preguntas en nuestras oficinas respecto a los incentivos fiscales existentes en el arrendamiento de vivienda para aquellos contratos de arrendamiento celebrados a partir de mayo de 2023 y que tienen su impacto en el IRPF, Impuesto de Sociedades e IRPFNR (IRPF de los no residentes) y son las siguientes:
a) EL 90 % DEL RENDIMIENTO NETO POSTIVO en el caso que un arrendador firme un contrato de arrendamiento sobre vivienda que ha de estar en zona de mercado residencial tensionado, cuando la renta se rebaje en más de un 5% en relación con la renta del contrato anterior.
b) EL 90 % DEL RENDIMIENTO NETO POSTIVO en el caso que un arrendador firme un contrato de arrendamiento sobre vivienda que ha de estar en zona de mercado residencial tensionado, cuando la renta se rebaje en más de un 5% en relación con la renta del contrato anterior.
c) EL 60% cuando no opera ni la a ni la b, y la vivienda hubiera sido objeto de una actuación de rehabilitación en los términos establecidos en el artículo 41.1 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
d) El 50%, en cualquier otro caso.
Le aconsejamos que consulte con nuestro Departamento Jurídico, llamando al 93 337 00 02; 93 296 80 57; mail infolh@cpulh.com o visite nuestra www.cpulh.com
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