La fianza de un contrato de arrendamiento se podrá solicitar a partir de la fecha de extinción del contrato.
Las fianzas se devuelven al titular de la fianza (propietario/arrendador), mediante transferencia bancaria que se realiza en el plazo máximo de 21 días desde su solicitud.
Para poder recuperar la fianza es necesario aportar:
- Justificante del ingreso de fianza ( modelo 2) o carta remitida por el INCASÒL.
- Certificado de titularidad de la entidad financiera donde conste el número de cuenta IBAN y el nombre del titular de la misma.
- En el caso que el titular designe a otra persona o sociedad como destinatario de la transferencia, es necesario , previamente , enviar autorización y DNI escaneado de la persona que autoriza al correo: fiances.devolucions@gencat.cat. Una vez el INCASOL ha realizado el cambio de titular autorizado para la devolución, pueden realizar la tramitación en nuestras oficinas, solicitando cita previa en la forma descrita anteriormente.
- En el caso que haya habido cambio de titularidad de la finca de la cual se solicita la devolución de la fianza, por compraventa, herencia…, será necesario, previamente solicitar al INCASOL el cambio de titularidad al correo incasol.fiances@gencat.cat, aportando nota simple informativa de titularidad emitida por el Registro de la Propiedad, actualizada en los últimos seis meses donde figure el nuevo titular.
- Una vez el INCASOL ha comunicado el cambio de titularidad, se podrá realizar la gestión para la devolución de la fianza, siendo necesario también el NC ( Número de control), del Modelo 2 (recibo de ingreso de fianza) o el número de Registro del INCASOL.
En las devoluciones de las fianzas constituidas antes de 1998 ( papel fianza), también será necesario aportar:
- El contrato de arrendamiento
- Papel fianza
- Certificado de titularidad de la cuenta corriente donde se solicita la devolución y fotocopia del DNI del titular.
Certificados de fianzas anteriores a 1998
La Cambra podrá emitir certificados de fianzas depositadas de un inmueble, cuando sea necesario para las gestiones de segregación o la obtención de cédula de habitabilidad.
El precio del servicio dependerá de la antigüedad de la fianza, oscilando entre 30 € a 150 €
Compensación de fianzas
Desde el 1 de marzo de 2017 YA NO SE PODRÁN REALIZAR COMPENSACIONES DE FIANZAS sobre una finca.