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MINISTERIO DE LA VIVIENDA, Y LOS NUEVOS INDICES DE REFERENCIA DEL DE PRECIOS DE ALQUILER

El secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, Sr. David Lucas, fue el encargado de presentar los Índices de precios de referencia de alquiler que servirá para las zonas que se declaren como zonas de mercado tenso

Este índice que estará operativo en la web del Ministerio y en información pública durante 10 días. https://serpavi.mivau.gob.es/

A continuación, les indicamos una serie de tips básicos de información al respecto:

 

¿Qué es el índice de Referencia de precios de alquiler?

Es una herramienta de control de precios de los arrendamientos de vivienda habitual que ha publicado el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, MIVAU,a nivel nacional, en cumplimiento de lo previsto en la Ley Estatal 12/2023 de 24 de mayo, para el derecho a la vivienda.

Con carácter general, el sistema ofrece unos valores de precios de arrendamiento para la fijación de la renta de los nuevos contratos de arrendamiento de vivienda habitual que se firmen a partir de su entrada en vigor, en principio prevista, según fuentes ministeriales para el 13 de Marzo.

 

¿A qué tipo de contratos de arrendamiento afecta el índice?

A los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.
No están sujetos los contratos que no tengan esta condición, como el alquiler de temporada, o de otros usos diferentes al de vivienda.

Afecta a las viviendas que se quieran arrendar y se encuentren en una zona o población de mercado residencial tensionado y el arrendador sea un GRAN TENEDOR, el valor ofrecido por los Índices constituirá el TOPE para determinar la nueva renta del contrato de arrendamiento.

También afectará a los nuevos contratos de arrendamiento ubicados en zonas tensionadas que no hayan estado arrendados como viviendas en los últimos 5 años, sin importar la condición de Gran Tenedor o no del arrendador.

Desde el Ministerio se ha aclarado que, en los supuestos de nuevos contratos en los cuales el arrendador sea gran Tenedor se aplicará el precio menor entre:

El Índice de referencia resultante y la renta del contrato vigente en los últimos cinco años .

 

¿Qué tipo de viviendas ha explorado el Ministerio para determinar los índices de referencia ?

El sistema estatal de referencia de precios de Alquiler ha examinado aquellos inmuebles de tipología residencia colectiva de más de cinco años de antigüedad con una superficie construida no inferior a 30 m2 y no superior a 150 m2.

 

¿Se pueden aplicar ya los índices de Referencia a los nuevos contratos?

Todavía no. Para su efectiva aplicación resulta necesario que se declaren las
zonas de mercado residencial tensionado .

La publicación de estos índices es el penúltimo paso para que las Comunidades Autónomas que así lo indiquen, declaren en su territorio zonas, de mercado residencia tensionado.

Hasta el mes de febrero de 2024 , sólo la Generalitat de Catalunya ha iniciado el procedimiento para declarar como una sola área de 140 municipios como zona tensionada, que incluyen el 80 % de la población.

 

¿Cuándo entrará en vigor el control de alquileres en Cataluña?

El pistoletazo de salida para empezar a aplicar obligatoriamente los índices en los nuevos contratos será cuando MIVAU ( Ministerio de Vivienda) , publique una Resolución en la cual se recoge la relación de zonas de mercado residencial tensionado propuesta por el Govern de la Generalitat. Se prevé que sea a partir del día 13 de marzo de 2024, según fuentes ministeriales.

En la resolución se recogerá el periodo de vigencia, así como la definición de Gran Tenedor de Viviendas que se aplicará a las nuevas zonas tensionadas declaradas.

 

¿Qué es un Gran Tenedor a efectos de la Ley ?

La Ley define como Gran Tenedor de vivienda a toda persona física o jurídica que sea titular de más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial, con exclusión de garajes y trasteros , o con una superficie construida de más de 1500 m2. No obstante, la Ley de Vivienda determina que esta definición podrá ser particularizada, excepcionalmente y justificadamente hasta aquellos titulares de 3 , 5 o más inmuebles urbanos de uso residencial, si están ubicados en zonas de mercado residencial tensionado, como así lo quiere hacer el Govern de la Generalitat.

Por lo tanto, hay que esperar el contenido de la Resolución del MIVAU, para saber si en Cataluña, se definirán los grandes Tenedores como aquellos titulares de 5 o más inmuebles, o por el contrario se estará a la definición estatal.

Hasta tanto se publique en el BOE la resolución del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, sigue vigente la libertad de pactos en los nuevos contratos de arrendamiento de vivienda.

Enseguida que se publique la resolución, les mantendremos informados puntualmente.

 


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