LAS EMPRESAS INMOBILIARIAS MANTENDRÁN SUS VENTAJAS FISCALES, AUNQUE CONTRATEN TRABAJADORES AUTÓNOMOS
La Dirección General de Tributos en una resolución de 19 de febrero indica que estas empresas que se dedican al alquiler de inmuebles y que necesitan tener, al menos, una persona contratada a tiempo completo para que se pueda considerar una actividad económica, y por tanto puedan beneficiarse de las exenciones en el Impuesto de Patrimonio, Sucesiones, Donaciones y un menor tipo en el Impuesto de Sociedades pueden contratar a familiares para esta tarea, aunque sean autónomos.
Así en la Resolución de la DGT, indica que estas empresas no perderán sus ventajas fiscales, aunque las personas contratadas para gestionar el arrendamiento de los inmuebles estén inscritas en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos,) ni aunque sean familiares de los administradores de la sociedad.
Muchas empresas familiares con bienes inmobiliarios los destina al alquiler para dejar estos bienes exentos de pagar el Impuesto de Patrimonio, y si reciben una donación o herencia tampoco tendrán que tributar por ella si realizan una actividad y además el tipo de Sociedades es más bajo.
Le aconsejamos que consulte con nuestro Departamento Jurídico, llamando al 93 337 00 02; 93 296 80 57; mail infolh@cpulh.com o visite nuestra www.cpulh.com
Més a prop, més Cambra
Unirse a la discusión