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El Tribunal Constitucional anula el impuesto de la plusvalía

El Tribunal Constitucional anula el impuesto de la plusvalía

Aun cuando no ha sido publicada la sentencia, el Tribunal Constitucional ha emitido un comunicado en el cual avanza el sentido de la misma que “  anulará   el método de cálculo del impuesto municipal de la plusvalía “

Recordemos que este impuesto graba todas las transmisiones de inmuebles o solares, por compraventa, donación, o herencia, y esta decisión del alto Tribunal, es la tercera resolución sobre el impuesto de plusvalía. 

En el 2017  el mismo tribunal  ya declaró la inconstitucionalidad y nulidad de diversos apartados del Texto Refundido de la LRHL, únicamente en la medida que se somete a la tributación del impuesto situaciones de inexistencia de incrementos de valor, considerando que en su configuración el impuesto vulneraba el principio constitucional de capacidad económica,, ya que no se vincula necesariamente a un incremento real del valor del terreno, sino al mera titularidad durante un periodo de tiempo ,  considerándose inconstitucional cuando no se han obtenido ganancias. 

En el 2019, el Tribunal Constitucional va dio un paso más adelante y declaró inconstitucional el impuesto en aquellos supuestos den los cuales la cuota a pagar fuera más alta que el incremento patrimonial obtenido con la transmisión. 

En estos momentos, los artículos declarados inconstitucionales hacen referencia al cálculo de base del impuesto, el valor del bien, y los porcentajes que se aplican para determinar el importe del recibo,. 

¿ Qué impacto tendrá la sentencia? 

La sentencia afecta a todos los Ayuntamientos del Estado español, que dejaran de ingresar unos 4.000 millones de euros anuales y no tiene efectos retroactivos afectando su aplicación a todas las operaciones inmobiliarias que se hagan a partir de ahora y las que estén el litigio en los tribunales sin sentencia firme. 

Hacienda prepara cambios 

Después de conocer la sentencia, el Ministerio de Hacienda ha manifestado que prepara un borrador legal para ofrecer seguridad jurídica a los contribuyentes y entidades locales, y poder reformular el sistema de cálculo, si bien, esperará hasta la publicación definitiva de la sentencia

La Cambra de la Propietat  de L’ H,  felicita esta decisión del  TC , ya que en el caso de restablecer una norma con este impuesto se realice con justicia y bajo los principios de capacidad económica, igualdad y progresividad, principios en los que se inspira la decisión del TC. 

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