EL 10 DE OCTUBRE ENTRA EN VIGOR LA RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DE VIVIENDA DECLARANDO 131 MUNICIPIOS DE CATALUNYA MUNICIPIOS COMO ZONAS DE MERCADO RESIDENCIAL TENSIONADO.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la Resolución por la que se declaran zonas de mercado residencial tensionado 131 nuevos
municipios de Catalunya. Esta resolución de MIVAU da a conocer la relación de zonas de mercado residencial tensionado según lo establecido en el artículo
18 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, en el tercer trimestre de 2024. Dispone su entrada en vigor 10 de
octubre. Esta medida había sido solicitada por el Govern de la Generalitat el pasado julio.
PERIODO DE VIGENCIA DE LA DECLARACION: 3 años desde el día siguiente a la publicación de la resolución. En total, con la declaración del pasado mes de marzo, son 271 municipios catalanes declarados como de zonas de mercado residencial tensionado que supone más del 80 % del territorio de Catalunya.. En los municipios declarados zona de mercado residencial tensionado se aplica ‘Índice de precios’ de alquiler, en su caso. Consultar listado municipios: https://www.mivau.gob.
¿Qué es el Índice de Precios?
El Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda (SERPAVI) −conocido como Índice de Precios de Referencia− es una base de datos pública de contratos de alquiler. Esta base está creada y actualizada periódicamente con diferentes fuentes de información estatales, autonómicas y locales, para ofrecer información, a modo de referencia y a título orientativo, a los arrendadores y arrendatarios, para la fijación de la renta en los nuevos contratos de arrendamiento de viviendas. También para las administraciones públicas, con el fin de que puedan realizar un adecuado seguimiento y evaluación de las políticas impulsadas en materia de vivienda en un territorio determinado. Aplica, a título orientativo, a todos los usuarios y usuarias del mercado del alquiler como fuente de información de los precios de referencia de una zona o una vivienda concreta. A mayores, se puede establecer, como un mecanismo excepcional y acotado en el tiempo, el valor superior del rango como límite del precio de la renta de los nuevos contratos de arrendamiento o los contratos de los arrendadores considerados como “grandes tenedores” en aquellas zonas que se declaren de mercado residencial tensionado, según lo establecido en la Ley por el Derecho a la Vivienda, como es el caso de la Resolución que publica hoy el BOE.
¿Dónde lo puedo consultar?
El Índice de Precios de Referencia se puede consultar en la página web del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana a través de dos formas: En primer lugar, a través de una aplicación web que permite conocer un rango de valores de referencia para el alquiler de una vivienda, de acuerdo con su localización y características: https://www.mivau.gob.es/vivienda/alquila-bien- es-tu-derecho/serpavi O, en segundo lugar, la referencia para el alquiler de una vivienda concreta que puede consultarse a través de su dirección o referencia catastral y que tiene en cuenta todas las características individuales de la propiedad: https://serpavi.mivau.gob.es/ Para cualquier duda, consulte con nuestro Departamento Jurídico, llamando a los teléfonos 93 337 00 02 o 93 296 80 57 o a través de la nuestra web www.cpulh.com o mail : infolh@cpulh.com
Para cualquier duda, consulte con nuestro Departamento Jurídico, llamando a los teléfonos 93 337 00 02 o 93 296 80 57 o a través de la nuestra web www.cpulh.com o mail : infolh@cpulh.com


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