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SUBVENCIONES PAGO ALQUILER POR JÓVENES HASTA 36 AÑOS

SUBVENCIONES PAGO ALQUILER POR JÓVENES HASTA 36 AÑOS

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Desde el día 28 de septiembre de 2022 a las 9 horas hasta el próximo 7 de octubre de 2022 a las 15 horas estará vigente el plazo de presentación de solicitudes para recibir las subvenciones al pago del alquiler para personas jóvenes de fines a 36 años.

 

Requisitos generales:

  • Tener hasta 36 años en el momento de presentar la solicitud.
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda o de un contrato de cesión de uso de una vivienda o habitación.
  • Que el arrendatario esté empadronado en el inmueble arrendado, estando éste situado en Cataluña y siendo su residencia permanente.
  • Que la fuente regular de ingresos de la unidad familiar sea igual o inferior a 2.97 veces el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC) – :

          – IRSC mensual 2.022………………. 569,12 € x 2,97: 1.690,29 €

          – IRSC anual 2.022…………………..7.967,73 € x 2.97: 23.664,16 €

  • Tener domiciliado el cobro de la subvención en una entidad financiera
  • Estar en la corriente de pago de las rentas del alquiler
  • Pagar el alquiler o precio de cesión de una vivienda o habitación, mediante transferencia bancaria, recibo domiciliado, ingreso en cuenta, Bizum o recibo emitido por la persona administradora de la finca. En el recibo deberá constar la identificación de la persona pagadera, la identificación de la persona beneficiaria del pago y la correspondiente mensualidad.
  • Cumplir con las obligaciones tributarias con el Estado, con la Generalitat y con la Seguridad Social.
  • Tener domiciliado el cobro de la subvención en una entidad financiera
  • Estar en la corriente de pago de las rentas del alquiler
  • Pagar el alquiler o precio de cesión de una vivienda o habitación, mediante transferencia bancaria, recibo domiciliado, ingreso en cuenta, Bizum o recibo emitido por la persona administradora de lafinca. En el recibo deberá constar la identificación de la persona pagadera, la identificación de la persona beneficiaria del pago y la correspondiente mensualidad.
  • Cumplir con las obligaciones tributarias con el Estado, con la Generalitat y con la Seguridad Social.

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