¿ES POSIBLE CONOCER POR PARTE DE UN VECINO EL NOMBRE DEL RESTO DE PROPIETARIOS DEL INMUEBLE?
En la cesión de datos es muy importante tener en cuenta la finalidad y la legitimidad. En este sentido, y con carácter general, NO debe entregarse una lista con los datos personales del resto de vecinos a un vecino de la comunidad.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.1 f) del RGPD debe ser tratado de manera de garantizar una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daños accidente mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas”.
Por su parte, la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en caso de colisión de derechos fundamentales se ha de aplicar el principio de proporcionalidad.
CONCLUSIÓN: Parece contrario a la normativa de protección de datos entregar copia de éstos de forma generalizada a un comunero, propietario.
Se recomienda, a fin de preservar derechos y libertades, que el comunero que lo solicite consulte el documento en las oficinas del Administrador de Fincas.
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