¿CUÁNDO PRESCRIBE PARA LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EL PLAZO PARA RECLAMAR DEUDAS PENDIENTES DE UN PROPIETARIO MOROSO?
El plazo de prescripción en Catalunya de la acción para reclamar cuotas debidas a la Comunidad de propietarios y previsto en el CCC artículos 553.47 y 553.5 del C.C.Cat es el previsto en el propio artículo 121.20 del CCCat, es decir, 10 años. Es aplicable este precepto según la argumentación y la unificación de criterios […]

