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Las Comunidades de Propietarios deberán presentar el modelo 347

Las Comunidades de Propietarios deberán presentar el modelo 347

Las Comunidades de Propietarios deberán
presentar el modelo 347 de operaciones con
terceros por importe superior a 3.005,06 €

El modelo 347 obliga a relacionar todas aquellas personas o entidades con las cuales se hayan efectuado operaciones que, en su conjunto, y para cada una de estas personas y entidades, superen la cantidad de 3.005,06 € durante el año natural.
Hasta ahora, las Comunidades de Propietarios, si no desarrollaban actividades empresariales –de acuerdo con la Ley del IVA-, no estaban obligadas a presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas. A partir del ejercicio de 2014, deberán presentar el modelo 347 incluyendo todas las operaciones que realicen que superen los 3.005,06 €, aun cuando se efectúen al margen de una actividad empresarial o profesional.

Operaciones que hay que declarar:
• Prestaciones de servicios o entrega de bienes efectuados por la Comunidad (por ejemplo, operaciones
inmobiliarias).
• Adquisición de bienes o servicios (por ejemplo, obras de albañilería efectuadas en la comunidad, reparaciones
de elementos comunes, mantenimiento de ascensores…).

Operaciones no incluidas en la declaración:
• Suministro de energía eléctrica.
• Suministro de combustibles de cualquier tipo con destino al consumo comunitario.
• Suministro de agua con destino a su uso o consumo comunitario.
• Seguros que tengan por objeto asegurar bienes y derechos relacionados con zonas y elementos comunes.

Entrada en vigor y formalización de la declaración:
Esta obligación entra en vigor el 1 de enero de 2014, y la primera declaración del modelo 347 deberá efectuarse en
el mes de febrero de 2015.

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