Las Comunidades de Propietarios deberán presentar el modelo 347

Las Comunidades de Propietarios deberán
presentar el modelo 347 de operaciones con
terceros por importe superior a 3.005,06 €
El modelo 347 obliga a relacionar todas aquellas personas o entidades con las cuales se hayan efectuado operaciones que, en su conjunto, y para cada una de estas personas y entidades, superen la cantidad de 3.005,06 € durante el año natural.
Hasta ahora, las Comunidades de Propietarios, si no desarrollaban actividades empresariales –de acuerdo con la Ley del IVA-, no estaban obligadas a presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas. A partir del ejercicio de 2014, deberán presentar el modelo 347 incluyendo todas las operaciones que realicen que superen los 3.005,06 €, aun cuando se efectúen al margen de una actividad empresarial o profesional.
Operaciones que hay que declarar:
• Prestaciones de servicios o entrega de bienes efectuados por la Comunidad (por ejemplo, operaciones
inmobiliarias).
• Adquisición de bienes o servicios (por ejemplo, obras de albañilería efectuadas en la comunidad, reparaciones
de elementos comunes, mantenimiento de ascensores…).
Operaciones no incluidas en la declaración:
• Suministro de energía eléctrica.
• Suministro de combustibles de cualquier tipo con destino al consumo comunitario.
• Suministro de agua con destino a su uso o consumo comunitario.
• Seguros que tengan por objeto asegurar bienes y derechos relacionados con zonas y elementos comunes.
Entrada en vigor y formalización de la declaración:
Esta obligación entra en vigor el 1 de enero de 2014, y la primera declaración del modelo 347 deberá efectuarse en
el mes de febrero de 2015.
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