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EL CONSELL GENERAL DE CAMBRES DE LA PROPIETAT URBANA DE CATALUNYA JUNTO CON EL SECTOR INMOBILIARIO, RECHAZAN LAS “LISTAS NEGRAS” DE GRANDES TENEDORES

Tanto arrendadores, Cámaras de la Propiedad urbana como agentes de la propiedad Inmobiliaria califican de “intervencionista” los registros de grandes tenedores y de pisos vacíos y ocupados.

El sector inmobiliario y las Cámaras de la Propiedad Urbana de Catalunya están muy preocupados ante las nuevas medidas en materia de vivienda que ha anunciado la Generalitat. Entre ellas, el Registro de Grandes Tenedores, cuyo decreto para regularlo prevé aprobar el Govern de forma inmediata. En este punto el Consell de Cambres de la propietat urbana de Catalunya , no solo ve “excesivos” los datos que los propietarios deberán aportar, sino que va a ser muy fácil su identificación indirecta y que las listas negras vulneraran derechos fundamentales como la privacidad y la intimidad.

 

TAXA DE RECOGIDA DE BASURAS:  EN QUÉ COSISTE, ¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A PAGARLA? ¿PUEDO REPERCUTIR EL IMPORTE DE LA TASA SI TENGO ALQUILADA LA VIVIENDA?

La tasa de residuos municipal está destinada a financiar la recogida y transporte de los residuos que se generan en las viviendas y establecimientos del municipio.

Esta nueva ordenanza fiscal 2.21 reguladora de la tasa por la prestación municipal del servicio de recogida y transporte de residuos municipales, entró en vigor el 1 de enero de 2025.

Sujeto pasivo de la tasa: Las personas físicas o jurídicas y entidades, que ocupan o utilicen las viviendas, u otro inmueble, bien sean a título de propietario, de usufructuario de arrendatario o incluso a precario.

Si el inmueble está desocupado, el sujeto pasivo será el propietario, usufructuario o titular de derecho de goce sobre el inmueble. Entendemos que, si el hecho imponible de esta tasa es la prestación del servicio de recogida y transporte de residuos generados un inmueble desocupado, no estaría sujeto.

La normativa establece que la tasa se tiene que calcular en función de la generación de residuos. En L’Hospitalet, se ha decidido calcular la tasa en función del número de personas empadronadas y la superficie de la vivienda.

Estos dos factores ponderan en la tasa según:

  • Superficie de la vivienda (30% del peso aproximadamente).
  • Número de personas empadronadas (70% del peso aproximadamente).

El importe para pagar en la tasa de actividades económicas se calcula en función de la superficie del local y la actividad que se realiza.

A continuación, exponemos los criterios establecidos para el cálculo de la tasa para el caso de vivienda:

FRASES CÉLEBRES, REFLEXIONES

La gente se apresura de un presente a otro. Así es como uno envejece sin hacerse mayor

Byung Chul Han

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