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Proyecto de ley de crédito inmobiliario, la nueva ley hipotecaria

Proyecto de ley de crédito inmobiliario, la nueva ley hipotecaria

 El proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario , más conocido como nueva Ley Hipotecaria, ya se ha aprobado. En estos momento,  se inicia la tramitación parlamentaria.

Una buena parte de los cambios previsto en la Ley de Crédito Inmobiliario están relacionados con las nuevas hipotecas. Vamos a exponer de forma genérica,  los aspectos más destacados de este proyecto de ley

  • Hipotecas a tipo fijo

Potenciar este tipo de hipotecas es uno de los puntos relevantes de este proyecto de ley. De esta forma, también para las actuales hipotecas, cualquier cliente podrá cambiar de tipo de interés variable a fijo. Pagará el 0.25% del capital reembolsado durante los tres primeros años y después, el 0%.

Asimismo, se reducen los gastos de notario y registro que suele exigir este tipo de cambios. Actualmente la banca ya  promociona este tipo de hipotecas.

  • Mayor información y transparencia

El cliente deberá tener toda la documentación una semana antes de la firma. Además en el caso de las hipotecas a tipo variable, la banca tenderá la obligación de presentar al cliente una serie de escenarios sobre la posible variación de las cuotas en función de la oscilación de los tipos.

  • El Notario adquiere mayor protagonismo

Deberá asesorar a los clientes sobre las diferentes cláusulas que se incluyen y comprobar que no son nulas. Los futuros hipotecados irán al notario antes de firmar el préstamo para que este verifique que las condiciones del contrato se ajustan a la legalidad.

  • Modelo tipo

Los contratos deben ser de fácil comprensión y transparentes. De hecho, se ha creado un modelo tipo de hipoteca, sencillo y comprensible para todos los usuarios.

  • Impagos

Cambian los períodos para que la banca ejecute un préstamo hipotecario: nueve mensualidades o el 2% del capital, siempre que la hipoteca se encuentre en los primeros 10 años de vida. Si es más antigua, el mínimo pasa a 12 meses o el 4% del capital. En la actualidad, con al tercera cuota el banco ya puede comenzar la ejecución por impago. Este cambio también será para los que ha tienen hipoteca y puedan tener problemas puntuales para pagar.

  • Intereses de demora

Se limita los intereses de demora a tres veces el interés legal del dinero.

  • Hipoteca en divisas

El cliente puede cambiar a euros en cualquier momento si tiene la hipoteca en otra divisa diferente. Pero, en principio y a no ser que haya enmiendas, sólo se aplicará a las hipotecas que se contraten a partir de la entrada en vigor.

  • Amortización anticipada

También se reducen las comisiones que puede cobrar la banca por amortización anticipada, que se fijarán en el 0.5% de la cantidad entregada en los tres primeros años de una hipoteca variable; el 0.25% hasta el quinto año. A partir de entonces, la cancelación no tendrá comisión. Para las hipotecas a tipo fijo, la comisión máxima será del 4% los 10 primeros años y del 3% a partir de ese momento.

  • ¿Quién paga los gastos?

El proyecto no se inmiscuye y los gastos serán pactados entre el banco y el cliente. Eso sí, debe quedar reflejado en el contrato quién paga cada gasto.

  • Ventas vinculadas

Con carácter general, se prohíben las denominadas ventas vinculadas. Aunque sí pueden hacer propuestas de seguro de hogar o de vida. El objetivo es que no le vendan productos vinculados a la obtención del préstamo y en función de los contratos, ofrezcan mejores condiciones. Para esto, se eliminan los incentivos de captación de hipotecas.

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